Según la Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, los servicios farmacéuticos deben contar con mecanismos que garanticen las condiciones de temperatura y humedad relativa recomendadas por el fabricante del medicamento o dispositivo médico. Se deben llevar registros diarios de control de estas magnitudes con un termómetro adecuado y un higrómetro calibrado; por lo anterior es importante tener claros algunos conceptos que nos ayudaran a comprender y dar cumplimiento con este requisito:
- Temperatura: La temperatura es una magnitud referida a las nociones comunes de calor medible mediante un termómetro. Su unidad de medida en el Sistema Internacional de unidades es el grado Celsius (°C).
- Humedad Relativa: Cantidad de vapor de agua presente en el aire. Su unidad de medida en el Sistema Internacional de unidades es el porcentaje de humedad relativa (%hr).
- Almacenamiento: Es el conjunto de actividades que tiene por objeto el cuidado y la conservación de las condiciones técnicas con las que fueron elaborados los medicamentos y dispositivos médicos.
- Medicamentos fotosensibles: Son los que se degradan rápidamente en presencia de la luz, deben almacenarse protegidos de esta.
- Medicamentos termolábiles: Son los que se alteran por acción del calor. Deben almacenarse a temperaturas adecuadas para evitar su descomposición con el calor. Entre estos se encuentran los productos biológicos, los que se recomiendan almacenar a temperaturas de refrigeración entre 2 °C y 8 °C.
- Medicamentos higroscópicos: Son los que son sensibles a la humedad, generando un deterioro en su forma farmacéutica como ablandamiento y cambio de color.
Algunas recomendaciones para el almacenamiento de medicamentos son:
Para garantizar una adecuada vida útil de los medicamentos y dispositivos médicos desde su fabricación hasta el almacenamiento y distribución al usuario final se deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
** Ministerio de la Protección Social. Decreto No. 2200 de 2005. Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones.
Ministerio de Protección Social. Resolución No.1403 de 2007. Por el cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones.
Universidad Autónoma de Bucaramanga. Tecnología de Regencia de Farmacia. Unidad 4. Recepción y almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos.